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El mejor mes para invertir en bienes inmobiliarios

Diciembre es el mejor mes para invertir en bienes inmobiliarios

Tanto las personas físicas como las personas morales hoy en día y más en estos últimos dos meses del ejercicio fiscal que está por concluir, planean estratégicamente muy bien su cierre del ejercicio y buscan en que invertir sus ahorros o utilidades, ya que con esta práctica se pretende disminuir su resultado fiscal y por ende pagar menos impuestos, y que mejor estar pensando en invertir en bienes inmuebles ya sea en un departamento, casa, terrenos, etc.

Debido al fuerte crecimiento, auge económico y la plusvalía que generan las inversiones inmobiliarias hoy en día se recomiendan este tipo de inversiones, invertir en departamentos, casas y terrenos ya que de esta forma nuestros ahorros o capital se encontraran protegidos, debido a que este tipo de bienes no se nos devalúan si no que todo lo contrario conforme pasa el tiempo su valor aumenta día con día.

Si eres persona física y percibes ingresos por salarios o honorarios que se asimilan a salarios y ya decidiste invertir tus ahorros en la adquisición de bienes inmuebles ya sea en la compra de un departamento, casa o terreno, estarías protegiendo tus ahorros de una posible devaluación ya que este tipo de bienes inmuebles aumentan su valor día con día, además los intereses reales por adquisición de créditos hipotecarios los podrás deducir en tu declaración anual del ejercicio como  una deducción personal Art.151 Fracc. IV LISR.

A hora bien si percibes ingresos por actividades empresariales y profesionales y decides invertir en la adquisición de un bien inmueble, el cual se destinará para el desarrollo de la actividad, además de estar protegiendo tu patrimonio con dicha inversión para que con el transcurso del tiempo vaya subiendo de valor, puedes deducir de impuestos el porciento máximo permitidos y autorizados año con año. Art.103 Fracc.IV LISR, además podrás deducir como deducciones personales en tu declaración anual del ejercicio los intereses reales por adquisición de créditos hipotecarios. Art.151 Fracc.IV LISR.

Si eres persona moral y estratégicamente ya planeaste invertir en la adquisición de un bien inmueble (departamento, casa o terreno), el cual se destinara para el desarrollo de la actividad de la empresa, además de estar protegiendo el patrimonio con esta inversión para que con el transcurso del tiempo aumente de valor, puedes deducir la inversión adquirida en los porciento máximo permitidos y autorizados en cada año. Art.25 Fracc.IV LISR.

Si lo has pensado de esta forma, estarías realizando una muy buena inversión.

C.P.C. José Natividad Portillo Reyes.



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